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La organización territorial del Partido se estructura necesariamente en los ámbitos regional, provincial, insular o local: y, potestativamente, pueden constituirse unidades de acción comarcales u organizaciones de distrito.
El gobierno de las organizaciones territoriales del Partido se lleva a cabo mediante Órganos colegiados (los Congresos, las Juntas Directivas y los Comités Ejecutivos) y Órganos unipersonales (el Presidente y el Secretario). Los Órganos especializados del Partido son los Comités Electorales y los Comités de Derechos y Garantías.
La Convención Nacional se constituye como Órgano consultivo del Partido entre Congresos.
Los Órganos especializados del Partido son los Comités Electorales y los Comités de Derechos y Garantías.
Los Congresos
El Congreso es el órgano supremo del Partido. Pueden ser Ordinarios, que se celebran cada tres años; y Extraordinarios , como consecuencia de situaciones no vinculadas a éste hecho.
Las Juntas Directivas
Las Juntas Directivas son el máximo Órgano de Dirección del Partido entre Congresos. Se reunirán ordinariamente, al menos una vez cada cuatro meses.
Los Comités Ejecutivos
Los Comités Ejecutivos son el Órgano de Gobierno y administración del Partido entre Congresos en sus diferentes niveles territoriales.
El Comité Ejecutivo Nacional está integrado por: El Presidente Nacional; el Secretario General, y en su caso, los Vicesecretarios Generales; 35 vocales elegidos por el Congreso; los Portavoces del Congreso de los Diputados, del Senado y del Parlamento Europeo; los Presidentes de las Comunidades y Ciudades Autónomas; hasta cinco vocales designados por el Presidente Nacional; los Presidentes del Comité Electoral Nacional y del Comité Nacional de Derechos y Garantías; el Presidente Nacional y el Secretario General de Nuevas Generaciones; los Presidentes Regionales del Partido; los Secretarios Ejecutivos y los Secretarios, en función de sus cargos y si no fueran vocales ; los Presidentes y Secretarios Generales de aquellas Organizaciones Internacionales de las que es miembro el Partido Popular; dos representantes de las Organizaciones del Partido en el exterior, el Tesorero Nacional.
La Convención Nacional es un Órgano de Partido de naturaleza consultiva, cuya convocatoria corresponde al Presidente Nacional, y que evaluará cada año las políticas que el mismo desarrolla y debatirá resoluciones que proponga el Comité Ejecutivo o la Junta Directiva. La Convención Nacional podrá ofrecer orientaciones, sugerencias y hacer balance de las políticas del partido.
La Convención Nacional estará integrada por:
- Los miembros de la Junta Directiva Nacional.
- Los parlamentarios autonómicos.
- Los miembros de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas afiliados al Partido.
- Los Presidentes o, en su caso, los Portavoces de las Diputaciones Provinciales, Cabildos o Consejos Insulares.
- Los Alcaldes o, en su caso, los Portavoces de Municipios de más de 15.000 habitantes. En las provincias con un solo Municipio de población superior a 15.000 habitantes, tendrán la misma representación los que superen los 10.000 habitantes.
- Los militantes que, en número determinado por el Comité Ejecutivo Nacional, designen las respectivas Juntas Directivas Regionales, Provinciales o Insulares de acuerdo con lo que reglamentariamente establezca la Junta Directiva Nacional.
- Los Presidentes Provinciales de Nuevas Generaciones.
Presidencia
Presidente Fundador
El Presidente Fundador del Partido Popular, Manuel Fraga Iribarne , ostenta funciones de representación; preside, cuando asiste, la reunión de sus Órganos colegiados; es miembro del Comité Ejecutivo Nacional; y ejerce las funciones que delegue en él el Presidente o el Comité Ejecutivo. Su nombramiento parte del X Congreso del Partido Popular celebrado en Sevilla.
Presidente de Honor
A propuesta del Presidente Nacional, el Congreso Nacional, reunido en sesión plenaria, podrá nombrar Presidente de Honor a quienes, habiendo ostentado la Presidencia Nacional del Partido, hayan contribuido de forma determinante al fortalecimiento de nuestro proyecto político. Los Presidentes de Honor serán miembros natos del Comité Ejecutivo Nacional y ejercerán cuantas funciones delegue en ellos el Presidente Nacional.
Presidente Nacional
El Presidente Nacional, es el máximo responsable del Partido en cada uno de sus ámbitos territoriales en relación con los cuales ejerce sus facultades. En caso de urgente necesidad el Presidente Nacional puede asumir las competencias de los Órganos colegiados que estime necesarias y proporcionadas para la solución de la emergencia de que se trate, con carácter temporal hasta la reunión del Comité Ejecutivo o la Junta Directiva Nacional, a los que dará cuenta a efectos de control y eventual ratificación de las medidas adoptadas.
Secretaría General
El Secretario General del Partido es nombrado por el Comité Ejecutivo, a propuesta del Presidente, de entre los miembros elegidos para este Órgano por el Congreso del Partido.
Comités Electorales
Son órganos competentes para todos los asuntos relativos a la confección de candidaturas. Se constituyen con carácter nacional, regional, provincial, insular y local. Están compuestos por un Presidente, por un Secretario y seis Vocales nombrados por el correspondiente Comité Ejecutivo, así como por un Vocal de Nuevas Generaciones designado por el Comité Ejecutivo de esta organización.
Comités de Derechos y Garantías
Son Órganos encargados de garantizar el ejercicio de los derechos de los afiliados, instruir y resolver los procedimientos disciplinarios que en el orden interno se sigan contra afiliados del Partido y aplicar, en su caso, el régimen sancionador derivado de los Estatutos. Se constituyen con competencia nacional y regional.

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