SESIÓN EXTRAORDINARIA del excmo. Ayuntamiento pleno celebrada el DIA 8 de julio de 2003.

(Copia HTML del  Borrador del Acta cedida por la Secretaría General del Ayuntamiento)

 

Concurrentes.-

D. ANTONIO MORENO OLMEDO.

MIEMBROS GRUPO MUNICIPAL ANDALUCISTA

D. MANUEL Mª DE BERNARDO FONCUBIERTA.

Dª Mª DEL CARMEN GOMEZ BAÑA

Dª ROSARIO ALVAREZ ALIAS.

Dª. FRANCISCA BORREGO FUENTES.

D. FRANCISCO JOSE ROMERO HERRERO.

D. LUIS JESUS CALDERÓN GARCIA.

Dª JUANA Mª MARQUEZ DIAZ.

Dª MERCEDES SOLEDAD ESPEJO MARTINEZ.

MIEMBROS GRUPO MUNICIPAL POPULAR

Dª Mª CARMEN PEDEMONTE QUINTANA.

D. ALFONSO GONZALEZ NANTES.

D. JESUS SANCHEZ-FERRAGUT GARCIA.

D. JOSE RAMON ARROCHA AVILA.

D. PASCUAL JUNQUERA APARICIO.

D. JESUS PERULERO REYES.

Dª CRISTINA Mª . PITA VERA..

,MIEMBROS GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL DE ANDALUCÍA

Dª Mª JESUS CASTRO MATEOS.

D. FERNANDO CARLOS LOPEZ GIL.

D. FERNANDO LEÓN MUÑOZ.

Dª DOLORES DEL CARMEN ANAYA MORENO.

D. CARLOS GARCÍA CABALLERO.

D. JOSÉ Mª SANTOS BONET.

Dª ARACELI MAESE VILLACAMPA.

Sr. Secretario General:

D. Miguel Ríos Jiménez.

Sr. Interventor de Fondos:

D. Rafael Monzón Ristori.

( Se justifican las asistencias de D. Fernando Rodriguez Moreno y D. José R. Cue Cereceda.)

En la ciudad de San Fernando siendo las nueve horas y treinta minutos del dia ocho de julio de dos mil tres se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Iltmo. Sr. Alcalde, D. ANTONIO MORENO OLMEDO, los Sres. que se relacionan, con mi asistencia como Secretario General de la Corporación, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria del Excmo. Ayuntamiento Pleno, convocada para el día de la fecha en 1ª convocatoria.

Está presente el Sr. Interventor General.

Abierta la sesión por el Sr. Presidente se procedió al examen de los asuntos comprendidos en el siguiente

ORDEN DEL DÍA

RESOLUTIVA.-

Punto numero QUINCE.-) Aprobación del acta sesión anterior. Por el Sr. Presidente se comunica a los Sres Asistentes que se va a proceder a la aprobación de la minuta del acta de la sesión anterior correspondiente al 18 de junio de 2.003, de la cual han recibido copias, invitándoles a que manifiesten si tienen algún reparo.

No produciéndose más intervenciones, el Excmo. Ayuntamiento Pleno por asentimiento ACUERDA aprobar la sesión celebrada el dia 18 de junio de 2.003, para su transcripción en el libro capitular./&

Punto número dieciseis.-) Aprobación constitución Grupos Políticos Municipales.- Seguidamente se conoce moción de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de junio de 2.003, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artº 25 en relación con el artº 23 y ss. del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, doy cuenta a este Pleno Municipal, que han quedado constituidos los siguientes Grupos Políticos:

.- Grupo Andalucista, integrado por

D. Antonio Moreno Olmedo.

D. Manuel Mª. de Bernardo Foncubierta.

Dª. Mª. del Carmen Gómez Baña.

Dª. Rosario Alvarez Alías.

D. Fernando J. Rodríguez Moreno.

Dª. Francisca Borrego Fuentes.

D. Francisco J. Romero Herrero.

D. Luis Jesús Calderón García.

Dª. Juana Mª Márquez Díaz.

Dª. Mª Mercedes Espejo Martínez

Siendo su portavoz titular D. Manuel Mª. de Bernardo Foncubierta, y portavoz suplente Dª. Mª del Carmen Gómez Baña.

.- Grupo Popular, integrado por

Dª Mª del Carmen Pedemonte Quintana.

D. Alfonso González Nantes.

D. Jesús Sánchez-Ferragut García.

D. José Ramón Cué Cereceda.

D. José Ramón Arrocha Avila.

D. Pascual Junquera Aparicio.

D. Jesús Perulero Reyes.

Dª. Cristina Mª Pita Vera.

Siendo su portavoz titular Dª. Mª del Carmen Pedemonte Quintana, y portavoz suplente D. Alfonso González Nantes.

.- Grupo Socialista, integrado por

Dª. Mª Jesús Castro Mateos.

D. Fernando Carlos López Gil.

D. Fernando León Muñoz.

Dª .Dolores del Carmen Anaya Moreno.

D. Carlos García Caballero.

D. José Mª Santos Bonet.

Dª. Araceli Maese Villacampa

Siendo su portavoz titular Dña. Mª Jesús Castro Mateos, y portavoz suplente D. Fernando Carlos López Gil."

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobarla por asentimiento en toda su integridad, quedando elevada a resolución plenaria municipal, procediéndose a su ejecución./&

Punto número diecisiete.-) Aprobación designación miembros Comisiones Informativas. Seguidamente se conoce moción de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de junio de 2.003, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Una vez celebradas las elecciones locales convocadas mediante Real Decreto 334/03 de fecha 3 de marzo, el pasado día 25 de mayo, y constituido el nuevo Ayuntamiento, de acuerdo con la legislación vigente y con el Reglamento Orgánico Municipal, resulta necesario proceder a la creación y determinación de la composición de las Comisiones Informativas de carácter permanente de este Ayuntamiento, con el objeto de dotar al mismo de órganos complementarios de carácter asesor, para hacer efectivo el derecho que el artículo 20.1.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la nueva redacción dada a la misma por la Ley 11/1999, de 21 de abril, otorga a todos los Grupos Municipales integrantes de la Corporación.

Considerando que de conformidad con los artículos 134 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, corresponde al Pleno de cada Corporación determinar el número y la denominación de estas Comisiones Informativas de estudio y dictamen, tanto cuando nacen con vocación de permanencia por obedecer a la estructura del ámbito competencial del Ayuntamiento, como cuando nacen con carácter temporal con el objeto de tratar de temas específicos.

Considerando que de conformidad con el precepto citado, estas Comisiones han de estar integradas por los miembros que designen los diferentes Grupos Políticos que forman parte de la Corporación, en proporción a su representatividad en este Ayuntamiento.

Considerando el acuerdo adoptado por el Pleno Municipal, en sesión celebrada el pasado 18 de junio, por el que se aprobó la composición de las Comisiones Informativas.

Por todo ello, esta Alcaldía, de conformidad con los artículos 49 y ss. del Reglamento Orgánico Municipal y con los artículos 123 y siguientes del Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, en todo aquello que no se oponga, contradiga o resulte incompatible con las normas anteriores, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO

Primero.- Crear cinco Comisiones Informativas de carácter permanente y que serán las siguientes:

1) Comisión Informativa de Urbanismo, Desarrollo Sostenible e Infraestructura.

2) Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior.

3) Comisión Informativa de Empleo y Presidencia.

4) Comisión Informativa de Bienestar Social y Seguridad Ciudadana.

5) Comisión Informativa de Cultura y Deportes.

Cada Comisión Informativa conocerá de los asuntos del Área o Servicio Administrativo del que deviene su denominación.

Segundo.- Así mismo y como es preceptivo según dispone el artículo 116 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, se crea igualmente la Comisión Especial de Cuentas.

Tercero.- La composición de las Comisiones Informativas estará integrada por los miembros siguientes:

- Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue, de entre los vocales designados por su partido, a propuesta de la propia Comisión Informativa.

- Vocales:

1) Comisión Informativa de Urbanismo, Desarrollo Sostenible e Infraestructura.

* Grupo Andalucista:

Vocales Titulares:

- D. Fernando J. Rodríguez Moreno.

- D. Manuel Mª de Bernardo Foncubierta.

- D. Luis Jesús Calderón García.

Vocales Suplentes:

- Dª. Mª del Carmen Gómez Baña.

- Dª. Mª Mercedes Espejo Martínez.

* Grupo Popular:

Vocales Titulares:

- Dª. Mª del Carmen Pedemonte Quintana.

- D. Pascual Junquera Aparicio.

Vocales Suplentes:

- D. Alfonso González Nantes.

- D. Jesús Sánchez-Ferragut García.

* Grupo Socialista:

Vocales Titulares:

- D. Carlos García Caballero

- D. Fernando López Gil

Vocales Suplentes:

- Dª. Araceli Maese Villacampa

- Dª. María Jesús Castro Mateos

2) Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior.

* Grupo Andalucista:

Vocales Titulares:

- Dª. Mª Mercedes Espejo Martínez.

- D. Manuel Mª de Bernardo Foncubierta.

- Dª. Mª del Carmen Gómez Baña.

Vocales Suplentes:

- D. Fernando J. Rodríguez Moreno.

- Dª. Francisca Borrego Fuentes.

*Grupo Popular:

Vocales Titulares:

- D. Alfonso González Nantes.

- D. José Ramón Cue Cereceda.

Vocales suplentes:

- D. Jesús Sánchez-Ferragut García.

- D. Pascual Junquera Aparicio.

*Grupo Socialista:

Vocales Titulares:

- D. Fernando León Muñoz

- D. María Jesús Castro Mateos

Vocales suplentes:

- Dª Dolores Anaya Moreno

- D. José María Santos Bonet

3) Comisión Informativa de Empleo y Presidencia.

* Grupo Andalucista

Vocales Titulares:

- Dª Mª del Carmen Gómez Baña.

- D. Francisco J. Romero Herrero.

- D. Manuel Mª de Bernardo Foncubierta.

Vocales Suplentes:

- Dª. Luis Jesús Calderón García.

- Dª. Juana Mª Márquez Díaz.

* Grupo Popular:

Vocales Titulares:

- Dª. Jesús Sánchez-Ferragut García.

- D. José Ramón Arrocha Avila.

Vocales Suplentes:

- D. Mª del Carmen Pedemonte Quintana.

- D. José Ramón Cué Cereceda.

* Grupo Socialista:

Vocales Titulares:

- D. Fernando López Gil

- D. Fernando León Muñoz

Vocales Suplentes:

- Dª María Jesús Castro Mateos.

- Dª Araceli Maese Villacampa

4) Comisión Informativa de Bienestar Social y Seguridad Ciudadana.

* Grupo Andalucista

Vocales Titulares:

- Dª. Francisca Borrego Fuentes.

- Dª. Juana Mª Márquez Díaz.

- Dª Mª del Carmen Gómez Baña.

Vocales Suplentes:

- D. Francisco J. Romero Herrero.

- Dª. Mª Mercedes Espejo Martínez.

* Grupo Popular:

Vocales Titulares:

- D. Alfonso González Nantes.

- Dª. Cristina Pita Vera.

Vocales Suplentes:

- Dª. Mª del Carmen Pedemonte Quintana.

- D. José Ramón Arrocha Avila.

* Grupo Socialista:

Vocales Titulares:

- Dª. Dolores Anaya Moreno

- Dª. María Jesús Castro Mateos

Vocales Suplentes:

- D. José María Santos Bonet

- D. Araceli Maese Villacampa

5) Comisión Informativa de Cultura y Deportes.

* Grupo Andalucista

Vocales Titulares:

- D. Antonio Moreno Olmedo.

- Dª. Rosario Alvarez Alías.

- Dª. Mª Mercedes Espejo Martínez.

Vocales Suplentes:

- Dª. Francisca Borrego Fuentes.

- Dª. Juana Mª Márquez Díaz.

* Grupo Popular:

Vocales Titulares:

- D. Jesús Perulero Reyes.

- Dª. Cristina Pita Vera.

Vocales Suplentes:

- D. José Ramón Cué Cereceda.

- D. José Ramón Arrocha Avila.

* Grupo Socialista:

Vocales Titulares:

- D. Jose María Santos Bonet

- Dª. Araceli Maese Villacampa

Vocales Suplentes:

- D. Carlos Garcia Caballero

- D. Fernando Leon Muñoz

- Secretario: El/la Secretario/a General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

Cuarto.- La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, asumirá las competencias que el artículo 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en concordancia con el artículo 193 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, atribuye a la Comisión Especial de Cuentas, constituyéndose a estos efectos para las citadas funciones en tal condición.

Quinto.- Las funciones de estas Comisiones Informativas de carácter permanente, serán el estudio y dictamen previo de los asuntos que se sometan a la decisión del Pleno o de la Comisión de Gobierno y de la Alcaldía, en estos dos últimos supuestos cuando estos órganos actúen por delegación de aquél, pudiendo intervenir también en relación con otros asuntos que no sean de la competencia del Pleno de la Corporación, cuando el órgano competente les solicite su dictamen.

A efectos de control y seguimiento de la gestión de los órganos a los que anteriormente se ha hecho referencia, se reconoce el derecho de todos los Concejales miembros de las Comisiones Informativas de poder consultar, directa y personalmente, los libros de resoluciones y los libros de actas de la Comisión de Gobierno custodiados en la Secretaría General de la Corporación.

Sexto.- Estas Comisiones, a excepción de la Especial de Cuentas, celebrarán reuniones ordinarias de carácter mensual, de acuerdo con el régimen de sesiones establecido por el Reglamento Orgánico Municipal y con las particularidades que, en ejecución de sus previsiones, establezca cada una de las Comisiones en su sesión constitutiva, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias cuando su Presidente lo decida, o cuando lo solicite la cuarta parte, como mínimo, de su número legal de miembros.

Su funcionamiento se ajustará a lo previsto en el Reglamento Orgánico Municipal y en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la nueva redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en todos aquellos aspectos no declarados inconstitucionales por la Sentencia del Tribunal Constitucional 50/1999, de 6 de abril y, supletoriamente, por lo que prevén los artículos 134 a 138 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Séptimo.- Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos Municipales, a los Sres. Interventor de Fondos y Tesorero Municipal así como a los Secretarios de las Comisiones Informativas por Delegación."

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobarla por asentimiento en toda su integridad, quedando elevada a resolución plenaria municipal, procediéndose a su ejecución./&

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En estos momentos el aparato de grabación de las sesiones del Pleno sufre una averia que obliga a su cierre y total desconexión de la Sala, por lo que este acta capitular se redactará de acuerdo con las notas tomadas por la Secretaría en el sentido recogido en la legra g) del art. 109 del ROF y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, donde se recoge que de cada sesión el Secretario extenderá el acta en donde se hará constar, entre otros, g) asuntos que examinen, opiniones sintetizadas de los grupos o miembros de la Corporación que hubiesen intervenido en las deliberaciones e incidencias de éstos.

Punto número dieciocho.-) Aprobación designación miembros, Organismos Autónomos Municipales.

Una vez celebradas las Elecciones Locales convocadas mediante Real Decreto 374/03 de fecha 31/03, el pasado día 25 de mayo y constituido el nuevo Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resulta necesario proceder al nombramiento de los representantes de la Corporación en los Órganos Colegiados de los Organismos Autónomos Municipales, así como a los consejeros de las sociedades municipales que tenga constituidas.

Considerando que este Ayuntamiento tiene constituido los siguientes Organismos Autónomos Municipales de carácter administrativo, siendo éstos los siguientes:

- Fundación Municipal de Cultura.

- Fundación Municipal de Servicios Sociales.

- Patronato Municipal de Deportes, Turismo y Juventud.

- Fundación Municipal de la Mujer.

- Gerencia Municipal de Urbanismo.

- Instituto Municipal de Promoción de la Ciudad.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto por los artículos correspondientes de sus Estatutos Reguladores, tantos los citados organismos autónomos como la sociedad anónima municipal, están gobernados y administrados por un órgano colegiado, en el seno del cual existe una representación de un número de miembros de la Corporación designados por el Pleno.

De orden de la Presidencia se abre la deliberación, produciéndose las siguientes intervenciones:

Se produce una primera intervención de la Sra. Castro Mateos, como portavoz del Grupo Socialista donde solicita se incorpore su nombre como titular en la Fundación Municipal de la Mujer, al igual que en la Gerencia de Urbanismo, que aparece como representantede su grupo D. Carlos Garcia Caballero y D. Fernando León Muñoz y es D. Fernando López Gil, pudiendo ser un error en la propuesta remitida o en su copia, pero ruego se tome nota de esta rectificación que pide.

Después de un breve cambio de impresiones entre la portavoz, la Presidencia y la Secretaria Municipal, sobre comprobación de antecedentes queda constancia de que:

Dª. Mª. Jesus Castro Mateos se integra como miembro representante del Grupo Socialista en la Fundación Municipal de la Mujer y D. Fernando López Gil como representante en la Gerencia de Urbanismo, en sustitución de D. Fernando León Muñoz.

En segunda intervención se interesa por el nombramiento de posibles suplentes en los distintos órganos descentralizados autónomos municipales, pues, recuerda que alguna vez ella ha acudido en suplencia de su antigua compañera, concejal de la anterior legislatura, Dª Maria Colón Lozano, y se ha admitido.

Se le contesta que no existe cobertura legal para admitir estas suplencias, aunque se haya podido ser permisivo en algunos organismos, pues, en estos no están admitidos y sí en las Comisiones Informativas, como se viene haciendo.

Igualmente queda acreditado que los representantes del Grupo Popular, en la Gerencia de Urbanismo serán los mismos que lo son en la Comisión Informativa de Urbanismo, es decir:

Dª. María del Carmen Pedemonte Quintana

D. Pascual Junquera Aparicio

Finalizado el debate, y considerando el acuerdo adoptado por el Pleno Municipal , en sesión celebrada el pasado 18 de Junio , en el que se aprobó el número de vocales correspondientes al órgano de gobierno de cada organismo autónomo municipal, en atención al acuerdo adoptado por todos los partidos políticos que han obtenido representación en la Corporación y, en atención al mismo, vista la designación efectuada por cada Grupo Político Municipal, el Excmo. Ayuntamiento por unanimidad ACUERDA:

Primero.- Aprobar la designación de los vocales siguientes, con indicación del Grupo municipal al que representan:

- Fundación Municipal de Cultura.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de sus Estatutos Reguladores, los siete vocales concejales designados, se asignarán con la siguiente proporción:

- Grupo Municipal Andalucista:

Dª. Rosario Álvarez Alías

Dª. Mª Mercedes Espejo Martínez.

- Grupo Municipal Popular:.

D. José Ramón Cué Cereceda.

D. Jesús Perulero Reyes.

Dª. Cristina Pita Vera.

- Grupo Municipal Socialista Obrero Español.

Dª. Araceli Maese Villacampa

D. Carlos García Caballero

.

- Fundación Municipal de Servicios Sociales.

De conformidad con lo previsto en el artículo 8.1 de sus Estatutos Reguladores, los siete vocales concejales designados, se asignarán con la siguiente proporción:

- Grupo Municipal Andalucista:

Dª. Juana Mª Márquez Díaz.

Dª. Mª del Carmen Gómez Baña.

- Grupo Municipal Popular:

Dª. Mª del Carmen Pedemonte Quintana.

D. Alfonso González Nantes.

Dª. Cristina Pita Vera.

- Grupo Municipal Socialista Obrero Español:

Dª. Dolores Anaya Moreno

Dª. María Jesús Castro Mateos

- Patronato Municipal de Deportes, Turismo y Juventud.

De conformidad con lo previsto en el artículo 8 de sus Estatutos Reguladores, los ocho vocales concejales designados, se asignarán con la siguiente proporción:

- Grupo Municipal Andalucista:

Dª. Rosario Alvarez Alías.

Dª. Mª del Carmen Gómez Baña.

- Grupo Municipal Popular:

D. José Ramón Cué Cereceda

D. José Ramón Arrocha Avila.

Dª. Cristina Pita Vera.

- Grupo Socialista Obrero Español:

D. Jose María Santos Bonet

D. Araceli Maese Villacampa

- Fundación Municipal de la Mujer.

De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de sus Estatutos Reguladores, los ocho vocales concejales designados, se asignarán con la siguiente proporción:

- Grupo Municipal Andalucista:

Dª. Juana Mª Márquez Díaz.

Dª. Francisca Borrego Fuentes.

- Grupo Municipal Popular:

D. Alfonso González Nantes.

D. José Ramón Arrocha Avila.

Dª. Cristina Pita Vera.

- Grupo Municipal Socialista Obrero Español:

D. Araceli Maese Villacampa.

D. Fernando López Gil

Dª Mª Jesus Castro Mateos.

- Gerencia Municipal de Urbanismo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de sus Estatutos Reguladores, los seis vocales concejales designados, se asignarán con la siguiente proporción:

- Grupo Municipal Andalucista:

D. Manuel Mª de Bernardo Foncubierta.

D. Luis Jesús Calderón García.

- Grupo Municipal Popular:

Dª. María del Carmen Pedemonte Quintana

D. Pascual Junquera Aparicio

- Grupo Municipal Socialista Obrero Español:

D. Carlos García Caballero

D. Fernando López Gil.

- Instituto Municipal de Promoción de la Ciudad.

De conformidad con lo previsto en el artículo 8 de sus Estatutos Reguladores, los siete vocales concejales designados, se asignarán con la siguiente proporción:

- Grupo Municipal Andalucista:

D.ª Mª del Carmen Gómez Baña.

Dª. Mª Mercedes Espejo Martínez.

- Grupo Municipal Popular:

D. Jesús Sánchez-Ferragut García.

D. José Ramón Cué Cereceda.

D. José Ramón Arrocha Avila.

- Grupo Municipal Socialista Obrero Español:

D. Fernando López Gil

D. Fernando Leon Muñoz

Segundo.- Del presente acuerdo se dará traslado a los diferentes Grupos Políticos Municipales, a los concejales afectados, así como a los Gerentes o responsables de dichos organismos, para su conocimiento y efectos./&

Punto número diecinueve.-) Aprobación designación miembros de los órganos supramunicipales:

19.1. Mancomunidad de Municipios Bahía de Cádiz.

Seguidamente se conoce moción de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de junio de 2.003, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Una vez celebradas las Elecciones Locales convocadas mediante Real Decreto 354/03 de fechas 5/03, el pasado día 25 de Mayo, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al nombramiento de los representantes municipales en los órganos colegiados de las Entidades supramunicipales de las que forman parte este Municipio, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 38.c del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Considerando que como miembro integrante de la Mancomunidad de Municipios Bahía de Cádiz, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 de sus Estatutos reguladores, corresponde a este Municipio designar siete representantes municipales en la Junta General de la Mancomunidad, órgano supremo de gobierno y administración de la misma.

Por todo ello, esta Alcaldía, considerando el acuerdo adoptado por el Pleno municipal, en sesión celebrada el pasado 18 de junio, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar la designación de los siete representantes de este Municipio en la Junta General de la Mancomunidad de Municipios Bahía de Cádiz, que en atención a la propuesta efectuada por cada Grupo municipal, recae en los siguientes concejales:

- Dª. Mª del Carmen Gómez Baña.

- D. Luis Jesús Calderón García.

- D. Fernando J. Rodríguez Moreno.

- D. Alfonso González Nantes.

- Da. Ma Carmen Pedemonte Quintana.

- D. María Jesús Castro Mateos

- D. Fernando León Muñoz

SEGUNDO.- Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos Municipales, así como a la Mancomunidad municipios Bahía de Cádiz, para su debido conocimiento y efectos."

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobarla por unanimidad en toda su integridad, quedando elevada a resolución plenaria municipal, procediéndose a su ejecución./&

19.2. Instituto Mancomunado de Municipios Bahía de Cádiz.- Seguidamente se conoce moción de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de junio de 2.003, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Una vez celebradas las Elecciones Locales convocadas mediante Real Decreto 354/03 de fechas 5/03, el pasado día 25 de Mayo, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al nombramiento de los representantes municipales en los órganos colegiados de las Entidades supramunicipales de las que forman parte este Municipio, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 38.c del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Considerando que como miembro integrante del Instituto de Medio Ambiente Bahía de Cádiz (organismo autónomo de la Mancomunidad de municipios Bahía de Cádiz), de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7.1 de sus Estatutos reguladores, corresponde a este Municipio designar dos representantes en la Junta de Gobierno de dicho Instituto, de entre los miembros que resulten designados por el Ayuntamiento en la Mancomunidad de municipios Bahía de Cádiz.

Por todo ello, esta Alcaldía, visto el acuerdo adoptado por el Pleno municipal en sesión celebrada el pasado día 18 de Junio, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar que la designación de los dos representantes de este Municipio en la Junta de Gobierno de Instituto Mancomunado de Municipios Bahía de Cádiz, recaerá en el Alcalde del Ayuntamiento, D. Antonio Moreno Olmedo, así como en el Concejal Delegado del Área de Urbanismo, Desarrollo Sostenible e Infraestructuras D. Fernando J. Rodríguez Moreno.

SEGUNDO.- Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos Municipales, así como a la Secretaría de dicho organismo, para su debido conocimiento y efectos."

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobarla por unanimidad en toda su integridad, quedando elevada a resolución plenaria municipal, procediéndose a su ejecución./&

19.3. Junta General de EDACAFESA.

Seguidamente se conoce moción de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de junio de 2.003, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Una vez celebradas las Elecciones Locales convocadas mediante Real Decreto 354/03 de fechas 5/03, el pasado día 25 de Mayo, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al nombramiento de los representantes municipales en los órganos colegiados de las Entidades supramunicipales de las que forman parte este Municipio, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 38.C del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto por los Estatutos reguladores de la Sociedad Estación Depuradora de Aguas Cádiz y San Fernando, Sociedad Anónima (EDACAFESA), este Ayuntamiento forma parte de la misma.

Considerando que como miembro integrante de la citada Entidad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo13 de sus Estatutos reguladores, corresponde a este Municipio designar seis representantes en la Junta General de dicha sociedad.

Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno municipal el pasado 18 de junio, propone la adopción del siguiente ACUERDO

Primero.- Designar como representantes, de este Municipio en la Junta General de EDACAFESA, a los Concejales siguientes:

- D. Antonio Moreno Olmedo.

- D. Fernando J. Rodríguez Moreno.

- Dª. Mª del Carmen Gómez Baña.

- D.Luis Jesús Calderón García.

- Dª. Mª del Carmen Pedemonte Quintana.

- D. Carlos García Caballero

Segundo.- Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos Municipales, así como a la Secretaria de la sociedad EDACAFESA, para su debido conocimiento y efectos."

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobarla por unanimidad en toda su integridad, quedando elevada a resolución plenaria municipal, procediéndose a su ejecución./&

19.4. Consorcio Mundo Vela.

Seguidamente se conoce moción de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de junio de 2.003, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Una vez celebradas las Elecciones Locales convocadas mediante Real Decreto 354/03 de fechas 5/03, el pasado día 25 de Mayo, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al nombramiento de los representantes municipales en los órganos colegiados de las Entidades supramunicipales de las que forman parte este Municipio, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 38.c del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto por sus Estatutos Reguladores, este Municipio forma parte del Consorcio Mundo Vela.

Considerando que como miembro integrante de la citada Entidad, de conformidad con lo dispuesto por sus Estatutos reguladores, corresponde a este Municipio designar un representante municipal en el mismo.

Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, y considerando el acuerdo adoptado por el Pleno municipal en sesión celebrada el pasado 18 de junio, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar la designación del representante de este Municipio en el Consorcio Mundo Vela, en favor de la Sra. Concejal de Deportes Dª Mercedes Espejo Martínez.

SEGUNDO.- Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos Municipales, así como al Consorcio Mundo Vela para su debido conocimiento y efectos."

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobarla por unanimidad en toda su integridad, quedando elevada a resolución plenaria municipal, procediéndose a su ejecución./&

19.5. Consorcio Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de San Fernando.

Seguidamente se conoce moción de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de junio de 2.003, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Una vez celebradas las Elecciones Locales convocadas mediante Real Decreto 354/03 de fechas 5/03, el pasado día 25 de Mayo, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al nombramiento de los representantes municipales en los órganos colegiados de las Entidades supramunicipales de las que forman parte este Municipio, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 38.c del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto por sus Estatutos Reguladores, este Municipio forma parte del Consorcio Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de San Fernando.

Considerando que como miembro integrante de la citada Entidad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de sus Estatutos reguladores, corresponde a este Municipio designar un representante municipal en el mismo.

Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar la designación del representante de este Municipio en el Consorcio Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de San Fernando, en favor del Concejal Delegado de Promoción de la Ciudad., D. Francisco J. Romero Herrero

SEGUNDO.- Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos Municipales, así como a la Presidencia de dicho Consorcio, para su debido conocimiento y efectos."

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobarla por unanimidad en toda su integridad, quedando elevada a resolución plenaria municipal, procediéndose a su ejecución./&

19.6. Consorcio Centro de Formación en Técnicas de Soldaduras.

Seguidamente se conoce moción de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de junio de 2.003, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Una vez celebradas las Elecciones Locales convocadas mediante Real Decreto 354/03 de fechas 5/03, el pasado día 25 de Mayo, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al nombramiento de los representantes municipales en los órganos colegiados de las Entidades supramunicipales de las que forman parte este Municipio, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 38.c del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto por sus Estatutos Reguladores, este Municipio forma parte del Consorcio Centro de Formación en Técnicas de Soldadura.

Considerando que como miembro integrante de la citada Entidad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 de sus Estatutos reguladores, corresponde a este Municipio designar dos representantes municipales en el mismo.

Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, y considerando el acuerdo adoptado por el Pleno municipal en sesión celebrada el pasado 18 de junio, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar la designación de los dos representantes de este Municipio en el Consorcio Centro de Formación en Técnicas de Soldadura, en favor de los Señores concejales siguientes:

- D. José Ramón Arrocha Avila.

- Dª. María Jesús Castro Mateos

SEGUNDO.- Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos Municipales, así como a la Presidencia de dicho Consorcio, para su debida constancia y efectos."

Abierta la deliberación por la Presidencia toma la plabra el Sr. De Bernardo Foncubierta el cual manifiesta lo siguiente:

Sr. Secretario una cuestión, entiendo que no aparece el Alcalde, es de Pleno derecho por Estatutos. Es el Alcalde por pleno derecho más los dos miembros que se han nombrado.

Sr. Secretario General.- Es el Vicepresidente.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobarla por unanimidad en toda su integridad, quedando elevada a resolución plenaria municipal, procediéndose a su ejecución./&

19.7. Consorcio Provincial Contra Incendios y Salvamentos.

Seguidamente se conoce moción de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de junio de 2.003, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Una vez celebradas las Elecciones Locales convocadas mediante Real Decreto 354/03 de fechas 5/03, el pasado día 25 de Mayo, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al nombramiento de los representantes municipales en los órganos colegiados de las Entidades supramunicipales de las que forman parte este Municipio, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 38.c del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto por sus Estatutos Reguladores, este Municipio forma parte del Consorcio Provincial contra Incendios y Salvamentos.

Considerando que como miembro integrante de la citada Entidad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8 de sus Estatutos reguladores, corresponde a este Municipio designar un representante municipal en el mismo.

Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas y considerando el acuerdo adoptado por el Pleno municipal, en sesión celebrada el pasado 18 de junio, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar la designación del representante de este Municipio en la Junta Rectora del Consorcio Provincial Contra Incendios y Salvamentos, recaerá en la Sra. Concejal Delegada de Bienestar Social y Seguridad Ciudadana Dª. Francisca Borrego Fuentes.

SEGUNDO.- Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos Municipales, así como al Sr. Gerente del Consorcio Provincial contra Incendios y Salvamentos, para su debido conocimiento y efectos".

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobarla por unanimidad en toda su integridad, quedando elevada a resolución plenaria municipal, procediéndose a su ejecución./&

19.8. Consejo de Administración de CEMABASA.

Seguidamente se conoce moción de la Alcaldía-Presidencia de fecha 30 de junio de 2.003, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Una vez celebradas las Elecciones Locales convocadas mediante Real Decreto 354/03 de fechas 5/03, el pasado día 25 de Mayo, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al nombramiento de los representantes municipales en los órganos colegiados de las Entidades supramunicipales de las que forman parte este Municipio, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 38.c del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Considerando que como miembro integrante de la Mancomunidad de Municipios Bahía de Cádiz, de conformidad con lo dispuesto por el artículo12 de sus Estatutos reguladores, su Junta General, órgano supremo de gobierno y administración de la misma., aprobó que un representante de este Ayuntamiento asistirá a las sesiones del Consejo de Administración de la empresa CEMABASA, Cementerio Mancomunado Bahía de Cádiz, Sociedad Anónima.

Por todo ello, esta Alcaldía, en virtud de las competencias que tiene conferidas, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar la designación del representante de este Municipio en el Consejo de Administración de la mercantil CEMABASA, en favor de la Sra. Concejal Delegada de Infraestructuras Dª. Mª del Carmen Gómez Baña.

SEGUNDO.- Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos Municipales, así como al Sr. Gerente de CEMABASA, para su debido conocimiento y efectos."

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda aprobarla por asentimiento en toda su integridad, quedando elevada a resolución plenaria municipal, procediéndose a su ejecución./&

Punto número veinte.-) Rectificación acuerdo determinación retribuciones personal eventual.-. El Pleno Municipal en sesión celebrada el pasado 18 de Junio adoptó, entre otros, acuerdo relativo a la determinación y características del personal eventual de este Ayuntamiento.

Se especificaron las retribuciones totales anuales, incluidas pagas extras, en los siguientes términos:

Dos de nivel B= 40.470,48 €, cada uno.

Uno de nivel B= 32.448,68 €.

Uno de nivel A= 42.931,94 €.

Uno de nivel A= 31.629,84 €.

Uno de nivel C= 20.799,50 €.

Se ha detectado por los Servicios administrativos municipales que, en dicho acuerdo no se ha reflejado correctamente la cantidad correspondiente al personal determinado en el nivel B (dos personas), debiendo ascender las retribuciones totales anuales, incluidas pagas extras a 40.579,10 € (cada uno); en vez de la cantidad que se establecía en dicho acuerdo que ascendía a 40.470,48 €, cada uno.

Es por ello, que el Excmo. Ayuntamiento Pleno por unanimidad ACUERDA:

Primero.- Aprobar la rectificación del error material padecido en el acuerdo adoptado por el pleno municipal en sesión celebrada el 18 de junio por el que se aprobó la determinación del número, características y retribuciones del personal eventual de este Ayuntamiento, estableciendo que la cantidad que debe corresponder a los Dos puestos de nivel B como retribuciones totales anuales, incluidas pagas extras es de 40.579,10 € (cada uno); en vez de la cantidad que se establecía en dicho acuerdo que reflejaba 40.470,48 €, cada uno.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a los Portavoces de los Grupos Políticos Municipales, a los Sres. Interventor de Fondos y Tesorero Municipal así como al Sr. Jefe del Servicio de Recursos Humanos para su debido conocimiento y efectos.

Tercero.- Publicar esta rectificación el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 104.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la nueva redacción dada a la misma por la Ley 11/1999, de 21 de abril./&

Punto número veintiuno.-) Dar cuenta Resoluciones de la Presidencia respecto a la determinación del Organigrama Municipal.- Seguidamente se da cuenta y quedan enterados los Sres. Asistentes de los decretos de fecha 17 de junio de 2.003 ( Nombramiento de Tenientes de Alcalde, Comisión de Gobierno, Areas Político-Administrativas, Delegaciones Generales y Delegaciones Específicas), 19 de junio de 2.003 ( Nombramiento Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo) , 19 de junio de 2.003 ( Delegación de la firma de actos y resoluciones) , 20 de junio de 2.003 (Designación miembros con dedicación exclusiva y emolumentos) y 25 de junio de 2.003 ( Delegación de firma en concejales que ostentan las delegaciones específicas), sobre reorganización político-administrativa del Ayuntamiento en aras a hacer efectiva la acción política, encaminada a la mejor prestación de los servicios públicos y a la atención de los ciudadanos, y determinación del organigrama municipal.

Dichos decretos se unirán como Anexos a este acta formando parte de la misma./&

Punto número veintidos.-) Aprobación nombramiento Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo.- Por acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada en fecha 27 de abril del año 2000, se acordó aprobar definitivamente los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, de conformidad a lo dispuesto en el art. 19 del Reglamento de Gestión Urbanística y art. 4 del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, de, entonces, vigente aplicación por Ley Andaluza 1/1997, de 18 de junio, y ahora igualmente amparado en el art. 91 de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

El citado acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 124, de 31 de mayo de 2000.

Posteriormente, mediante Acta suscrita en fecha 18 de julio de 2000, se constituyó, por primera vez, el Consejo de Gestión del citado organismo, integrado por el Presidente, Vicepresidente, Vocales, Secretario e Interventor, quedando pendiente la designación del Gerente.

Considerando la puesta en marcha de la Gerencia Municipal de Urbanismo en las nuevas oficinas entonces habilitadas para ello, se hizo necesario el nombramiento del Gerente, proponiéndose para dicho cargo a D. Rafael Pedraza Rodríguez, Arquitecto, profesional de reconocida experiencia en el campo del urbanismo y gestión empresarial, tal y como consta en el curriculum vitae que fue presentado a esos efectos.

Dicho nombramiento fue propuesto por el Sr. Alcalde-Presidente, al Excmo. Ayuntamiento Pleno, que lo acordó en sesión celebrada el 28 de Septiembre de 2000, y todo ello en virtud de lo dispuesto en el art. 21 de los Estatutos de la GMU; firmándose el contrato en fecha 10 de Octubre del mismo año.

Le corresponde al Gerente la ejecución de los acuerdos del Consejo y la dirección e inspección de los servicios de la Gerencia, debiendo dedicar íntegra y plenamente su actividad al desarrollo de las funciones que se le encomienden y las obligaciones genéricas expresadas en el art. 24 de los Estatutos aprobados por el Pleno Municipal.

En cumplimiento de lo previsto en la claúsula segunda del contrato firmado en su día, este nombramiento se extingue a los '"30 días después de la toma de posesión de una nueva corporación municipal", término que se cumplirá a muy corto plazo, teniendo en cuenta que el Pleno Municpal de toma de posesión se celebró el pasado día 14 de Junio.

Ante la necesidad de tener cubierto dicho cargo para el óptimo funcionamiento de la GMU, es propuesto por el Excmo. Sr. Alcalde el nombramiento de D. Rafael Pedraza Rodríguez, una vez constatada la capacidad de dirección y solvencia de gestión mediante su labor al frente de la misma Gerencia estos dos últimos años y medio.

En este sentido, se han llevado a cabo los objetivos prefijados, dando cumplimiento a los fines marcados desde los órganos representativos, destacando en concreto las siguientes actuaciones:

1. Carretera de la Playa de Camposoto.

2. Ronda del Estero (2ª fase).

3. Rehabilitación del Palacio Consistorial.

4. Parque del Barrero.

5. Accesos a Fadricas desde la N-IV.

6. Club Náutico de la Casería.

7. Desafectación de terrenos militares sin uso estratégico.

8. Centro de Ocio "San Fernando Plaza".

9. Jefatura de la Policía Local.

10. Aparcamiento subterráneo y bulevard de la Avda. Reyes Católicos.

11. Parque de la Historia y el Mar.

12. Nuevo Plan General de Ordenación Urbana.

13. Plan Especial de Protección del Casco Histórico.

14. Modificación de las condiciones de Suelo Urbanizable.

15. Desarrollo estratégico Sector 1 "CASERÍA NORTE".

16. Alegaciones a los deslindes provisionales de Costas.

17. Convenios en el ámbito de la Unidad de Ejecución UE36 y modificaciones en el ámbito del Cine San Fernando.

En otro orden de cosas, es igualmente positivo para la gestión urbanística, mantener la misma dirección con el fin de culminar aquellas actuaciones recientemente iniciadas y de gran trascendencia como son los expedientes relativos a la revisión del PGOU, así como el PEPRICH, actualmente en fase de Aprobación Inicial.

Considerando la existencia de consignación presupuestaria para atender al gasto originado.

Por el Sr. Presidente se indica se va a proceder al debate y posterior aprobación, en su caso, de la propuesta que se trae a este Pleno Municipal y que los Sres. Concejales han tenido a su disposición de nombramiento de Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo a favor de D. Rafael Pedraza Rodriguez.

Abierto el debate, hace uso de la palabra la portavoz del Grupo Socialista Sra. Castro Mateos la que en síntesis expone la postura de su Grupo Municipal, y recuerda que se ha dicho publicamente que el mismo iba a colaborar con el Gobierno Municipal Andalucista como grupo mayoritario minorista, al tener menor número de miembros en el Gobierno que en la legislatura anterior, en la gestión de los asuntos municipales que redunden en beneficio de la Comunidad.

Que este cargo de Gerente lo considera un cargo de personal de confianza del Gobierno Local y como tal, su grupo nada dice, pues es responsabilidad del Grupo Proponente. Ahora bien, con lo que no se está nada de acuerdo es con la subida o incremento salarial que se propone que supone un 30% referente al anterior, por lo que si al principio su Grupo iba a votar abstención ante el incremento del 30% del sueldo, el voto será negativo.

Se le dá la palabra seguidamente a la Sra. Pedemonte Quintana, portavoz del Grupo Popular, la cual igualmente en síntesis, se recoge sus manifestaciones sobre el particular.

Recuerda, en primer lugar, que hace aproximadamente dos años y medio, cuando vino este punto al Pleno por razones de urgencia y porque queriamos que la Gerencia empezara a funcionar, votamos abstención al propuesto y elegido en la persona que ahora de nuevo se propone para el cargo de Gerente.

En esta legislatura, considerabamos que con el tiempo de antelación suficiente hubiesemos preparado unos criterios de selección para que, en concurrencia, se hubiese elegido al mejor ofertante, el que mejor curriculum presentado, y no aceptar de nuevo aquel que en su momento tuvo su razón de ser para ser nombrado, pero no en la actualidad, pues, su grupo tien el convencimiento que pueden existir profesionales de buen resultado y curriculum del propuesto entre personas del mismo San Fernando interesados en este puesto y no podemos privarle de este derecho.

Considera que en Junta de Portavoces debería de haberse consensuado este punto, y de ello nada se habló, somos de la opinión que existe un agravio comparativo con aquellas personas que no le damos opción ni a su concurrencia.

Por otro lado no compartimos el montante de la asignación económica, pues supone un aumento considerable como ha destacado la portavoz del Grupo Socialista, cifrado en un 30%, y se ha hecho cálculos y por estos seis meses la asignación es cercana a 6 millones de pesetas antiguas, que haciendo comparación y con el ruego de que nos disculpe la misma, se supera por dicho plazo el sueldo del Secretario General en más de un millón de pesetas y estimamos por ello que no le corresponde aquella cantidad.

Después por la portavoz parlante se hace un detallado análisis de los méritos alegados y que le imputan al propuesto, con cita de uno por uno de dichos méritos, su valoración, situación actual de los mismos, y las asignaturas pendientes no pudiendo esperar su solución cuatro años más. ( Ronda del Estero, es anterior y su gestión ya estaba programada; los accesos a Fadrica desde la N IV, y el Club Naútico de la Caseria no existen; los terrenos militares no se han liberado ; el Parque de la Historia y el Mar, es sólo un proyecto no una realidad; por contra hay que denunciar el aumento continuo de edificabilidad que ha motivado continuos cambios de plan; error tan grande como la gasolinera de la c/ Real) todo ello le obliga a decier que o, el Sr. Gerente no sabe como hacerlo, o no sabe como llevar su consejo y dirección al Delegado.

Las garantías que nos presentan es más sobre lo mismo.

Finalizada esta primera intervención, el Sr. Presidente hace uso de la palabra e indica a la Sra. Pedemonte que está incurriendo en el mismo error que la Sra. Castro en la legislatura anterior de hablar dirigiéndose al público, rogándole que cuando esté en su turno de intervención debe de dirigirse al Sr.Presidente.

La Sra. Castro Mateos , por alusiones interviene y manifiesta que ella, no comparte este criterio. Se debe de pedir la autorización del uso de la palabra al Sr. Presidente, que ella lo hace y lo hará siempre, pero esa exigencia de estar mirando durante toda su intervención, a la Presidencia no está conforme con ello, y eso no ocurre en ningún otro lugar ( Parlamentos, Plenos) pues la intervención oral de un/a portavoz lleva consigo, además de las palabras otros signos o gestos que acompañan a aquélla que puede dar mayor firmeza al contenido de las palabras.

Ha consultado a juristas externos y le manifiestan que la exigencia de dirigirse a la Presidencia no comparte el estar forzosa y unicamente mirando a la misma, ya que hay otras personas en el Salón que vienen también a las sesiones y, que en uno u otro sentido son miembros actuantes/presentes de los plenos.

Por tanto, Señoria no comparto su criterio, no habiendo encontrado precepto alguno en la ley o en nuestro Reglamento Orgánico que así lo imponga.

El Sr. Presidente le contesta diciéndole que no va entrar en discusión. Como Presidente tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir la norma por el buen desarrollo de las sesiones plenarias.

Muchas veces hay que renunciar a nuestros principios y convicciones por respeto a la norma. La Presidencia va a seguir acatando la misma, pues, se está en un Estado de Derecho y ud. puede creer lo que estime más conveniente.

Continua el debate, teniendo la palabra el Sr. De Bernardo Foncubierta como portavoz del Grupo Andalucista.

En su intervención, igualmente, recogida en síntesis, dice al Pleno Municipal:

Se ha hablado de que hay personas más preparadas y personas menos preparadas y a ello no tiene nada que objetar.

Nos encontramos ante un contrato laboral de Alta Dirección y ello lleva consigo un sueldo de acuerdo con el mismo, el que le toca proponer es el que dice su cuantía.

Está claro que cuando se hizo el anterior contrato, pidieramos información, incluso propuestas al Sr. González Fustegueras, Arquitecto-Redactor de los trabajos de Revisión del P.G.O.U. cuya designación fue bien recibida por todos, como persona con quien habría que trabajar estrechamente por razón de la materia a desarrollar.

Posteriormente, y aunque el aquel momento el propuesto no era persona de confianza del Gobierno Municipal de entonces, pues, no se conocia sí lo era del Sr. Fustegueras, y así fue aceptado.

Actualmente, teniendo teniendo en cuenta la labor y resultado de la Gerencia, se ha ganado la confianza del Grupo Andalucista, de ahí que venga la propuesta de nombramiento a su favor.

Considera que los trabajos que como mérito se recogen en la propuesta son ciertos y se han desarrollado bajo la responsabilidad del Gerente ( cita Parque el Barrero; Ronda del Estero; inicio desafectación terrenos militares; igual Club Nautico, múltiples reuniones con el Sr. López Pinar, Director General de Obras Públicas para los accesos a Fádricas; firma del convenio del Parque de la Historia y del Mar; fase avanzada de la revisión del PGOU y reciente exposición del PEPRICH) por todo ello se ha ganado y tiene la confianza de este Equipo de Gobierno.

El Sr. Gerente de Urbanismo, es el que más cobra en la Gerencia, como en todas las Gerencias de España, y nosotros solicitaremos lo que cobra todos los gerentes de Urbanismo de la provincia de Cádiz y Sevilla, para ver que son aún mayor los sueldos que se pagan que el aqui propuesto.

En cuanto a este particular el Grupo Andalucista va a cambiar la propuesta que aqui se trae, y se efectua la correspondiente enmienda en este acto en el sentido de que la cantidad que como sueldo cobrará el Gerente de la Gerencia de Urbanismo, y a nivel simbólico, será solo un euro más que el técnico que más cobra en la Gerencia.

Esa es la propuesta que se pone sobre la mesa.

En turno de réplica la Sra. Castro Mateos contesta que no está de acuerdo en parte con la exposición hecha por el portavoz Andalucista en cuanto a la gestión urbanística ejercida por el portavoz andalucista ejercida por el Sr. Gerente. Creemos que ello es una responsabilidad política y ésta corresponde al Delegado de Urbanismo, con el cual no hemos estado de acuerdo.

Está cansada de que se atribuyan a los funcionarios labores que no le corresponden. Estos deben de informar sobre la procedencia o improcedencia de lo que se somete a su informe y ya está, no metiéndose en otras valoraciones que corresponden a los políticos, y cita como ejemplo el informe jurídico que consta en el expediente dado por el Sr. Cozar, que se extiende en unas consideraciones y valoraciones que no le corresponden.

Su grupo no va a pasar por ello.

Estimamos que es un personal de confianza y corresponde al que gobierna y teniendo en cuenta la enmienda realizada por el Grupo Andalucista sobre la cuantía de sus emolumentos que serán un eruo más que el personal de la Gerencia que más cobre, su voto va a ser la abstención.

En su turno la Sra. Pedemonte Quintana, da comienzo su intervención exponiendo el cambio de aptitud presentado desde el Grupo Socialista a través de su portavoz, ya que durante la legislatura anterior era evidente su oposición al urbanismo desarrollado desde la Gerencia, y ahora muestra una aptitud de complacencia y se limita a abstenerse en la votación.

En alusión a la cita del Sr. Fustegueras en la selección considera que aunque aquel pueda tener todo nuestro respeto, ello no es óbice para indicar que el mismo no tiene capacidad de decisión en este caso, cuya responsabilidad es de este Ayuntamiento que es libre y soberano para elegir a la persona más idónea que pudiera incurrir a esta selección.

Deduce de las palabras del portavoz andalucista que está negando la existencia de personas capacitadas entre la población de San Fernando para el desempeño de la Gerencia, cosa que es muy lamentable por el alcance de este juicio y por la valoración de los interesados.

Por todo ello, su grupo se va a mantener en un criterio de considerar como necesaria la apertura de un plazo para hacer una fundada selección entre las personas capacitadas para la mejor gestión de la Gerencia, y su voto sigue siendo negativo.

Dúplica y cierra el debate el Sr. De Bernardo y dirigiéndose a la portavoz del Grupo Popular le indica que no ponga en su boca palabras que no ha dicho, ni lleve el texto donde ella quiere.

Nosotros hemos dicho que en su momento pedimos la cooperación del Sr. Fustegueras en la propuesta del nombramiento de una persona idónea para la Gerencia, teniendo en cuenta la vinculación en el trabajo entre los autores de la Revisión del Plan y la Gerencia de Urbanismo. Fue este Ayuntamiento el que acordó su nombramiento; después la gestión desarrollada desde la Gerencia por el Sr. Pedraza, ha sido valorada muy positivamente por el Gobierno Municipal el que le da toda su confianza profesional, por ello desde este ángulo hace la propuesta que se debate, pero nunca ha dicho que no puedan existir otras personas igualmente idóneas para este supuesto. Es como si dijeramos que en Cádiz no existen personas igualmente idóneas para ocupar el puesto de trabajo que actualmente ocupa en la Subdelegación del Gobierno la portavoz popular que no es de aquélla ciudad.

Antes de abrir la votación el Sr. Presidente haciendo cita a una intervención anterior y dirigiéndose a la Sra. Castro Mateos le da lectura al art. 94 del Reglamento Orgánico Municipal donde hace referencia que los concejales en uso de la palabra se dirigirán al Presidente de la Corporación, siendo pues, ésta la norma que sea dado el Ayuntamiento, y que él se ve obligado a cumplir.

La Sra. Castro Mateos, por alusiones contesta manifestando que bueno, que ella solicitará siempre, como lo viene haciendo la palabra a la Presidencia sin que en su intervención tenga que estar mirando al Presidente.

La Sra. Pedemonte Quintana considera que este tema puede debatirse en una Junta de Portavoces y llegar a un consenso evitando su discusión en Pleno.

Cierra este incidente la Presidencia, considerando que desde la misma exigirá el cumplimiento de la norma orgánica que el Ayuntamiento se ha dado, que nadie se enfade después y que ud. Sra. Castro haga lo que crea conveniente que yo cumpliré mi deber.

De orden de la Presidencia se abre la votación de la propuesta objeto de este punto con la matización aportada por el Portavoz del Grupo Andalucista de que el sueldo bruto del Gerente será un euro más que el técnico que más cobra en la Gerencia de Urbanismo.

Finalizado el debate, visto cuanto antecede, considerando lo dispuesto en los arts. 21 y siguientes de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, a propuesta por el Alcalde, el Excmo. Ayuntamiento Pleno, con la abstención de los siete miembros del Grupo Municipal Socialista, los votos a favor del Grupo Municipal Andalucista ( 9 votos) y los votos en contra del Grupo Municipal Popular ( 7 votos) ACUERDA:

1º.- Designar a D. Rafael Pedraza Rodríguez, Arquitecto, como Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, atendiendo a lo establecido en los Estatutos definitivamente aprobados por acuerdo plenario de 27 de abril de 2000.

2º.- Por el Departamento de Régimen Interior de la Gerencia Municipal de Urbanismo se procederá a la contratación de la persona designada, según lo dispuesto en el art. 21 de los mencionados Estatutos. El sueldo anual bruto del Gerente será un euro más que el sueldo bruto que cobre el técnico que más cobre de la Gerencia.

3º.- Dar traslado de la presente resolución al interesado, Consejo de Gestión, Departamento de Régimen Interior de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Secretaría General e Intervención de Fondos, para su debido conocimiento y efectos procedentes./&

Punto número veintitrés.-) Moción Alcaldía-Presidencia de este Excmo. Ayuntamiento sobre oposición al traslado de la Escuela de Infantería de Marina de San Fernando a Cartagena.

Seguidamente se conoce moción institucional de la Alcaldía-Presidencia sobre oposición al traslado de la Escuela de Infanteria de Marina de San Fernando a Cartajena.

A petición del Grupo Popular, por considerar que siendo una moción de tipo institucional no es congruente con este carácter el párrafo 4º de la Moción en escrito presentado en la Secretaría Municipal antes del comienzo de esta sesión y que esta Alcaldía-Presidencia como autora institucional de la Moción acepta y como igualmente se acepta la solicitud de la portavoz del Grupo Socialista de que la moción, aún siendo institucional, se hace con el apoyo unánime de los tres grupos con representación legal, Grupo Andalucista, Grupo Popular y Grupo Socialista, y se procede a dar lectura a la siguiente moción:

"Teniendo conocimiento esta Excma. Corporación Municipal de las actuaciones inciadas por el Excmo. Sr. Ministro de Defensa, sobre el traslado de la Escuela de Aplicación de Infanteria de Marina desde esta ciudad de San Fernando a la de Cartagena, queremos manifestar que, tras la aprobación del Real Decreto de 31 de mayo de 1.879, por el que se crea la Academia General Central de Infanteria de Marina, esta ha permanecido estrechamente vinculada a la ciudad de San Fernando desde su primera instalación en el ala norte del Cuartel de Batallones, también llamado de San Carlos.

Que, actualmente la Escuela de Aplicación dispone de las instalaciones necesarias para su buen funcionamiento como cualquier otro centro de la Armada, incluidas las dependencias propias de las especialidades que se imparten en dicha Escuela. Dispone de un Centro de Ayudas a la Enseñanza, que cuenta con gabinete fotográfico, otro de reproducción de planos y otros dos de publicaciones y delineación, respectivamente.

Que originariamente la Escuela ocupaba sólo el ala norte del edificio del Cuartel de Infanteria de Marina. En el año 1.959 se construyó la Sala de Demostraciones y, últimamente, en el año 1.979 se levanta un nuevo edificio que cierra armónicamente el patio de Armas, los jardines y el Patio de Servicios, dejando a la Sala de Demostraciones centrada entre los edificios antiguo y moderno.

Que, la Isla de León, la actual San Fernando, nace realmente com consecuencia de la instalación en ella del Departamento de Marina y su segregación como municipio independiente de Cádiz en el siglo XVIII. La creación del Arsenal de la Carraca, la incorporación a la Corona - era territorio de señorio - y, más tarde, la creación de la población de San Carlos y el traslado también del Observatorio de Marina desde Cádiz a la Isla, condicionarán totalmente la vida de esta ciudad que trabajaría en los almacenes y dependencias creadas para carenar y construir buques.

Que el desarrolo de la ciudad de San Fernando, a comienzos del siglo XIX, está especialmente vinculado a la Marina, demostrando la Isla de León a lo largo de la historia su ya citada estrecha relación con las actividades e instalaciones de la Armada.

Que la instalación y permanencia de los centros de la Armada han contribuido y contribuyen a la estabilidad social y económica de San Fernando, constituyendo el personal adscrito a dichos centros una parte dinámica de nuestra sociedad, el cual tiene su lógica repercusión en la economía local favoreciendo la estabilidad de los servicios vinculados a la presencia de la Armada, por lo que su desmantelamiento traería consigo graves y negativas repercusiones en el mencionado sector servicios de nuestra ciudad.

Por todo ello, esta Alcaldia-Presidencia con el acuerdo de todos los grupos políticos municipales, Andalucista, Popular y Socialista propone se inste a los Excmos. Sres. Presidente del Gobierno Y Ministro de Defensa al mantenimiento en San Fernando de la Escuela de Infanteria de Marina, en consideración a la tradición histórica de la misma en nuestra Ciudad y al sentir unánime de su población porque dicho centro permanezca en nuestra Ciudad."

El Excmo. Ayuntamiento Pleno por unanimidad ACUERDA:

* Instar a los Excmos. Sres. Presidente del Gobierno Y Ministro de Defensa al mantenimiento en San Fernando de la Escuela de Infanteria de Marina, en consideración a la tradición histórica de la misma en nuestra Ciudad y al sentir unánime de su población porque dicho centro permanezca en nuestra Ciudad./&

El Sr. Presidente da por terminado el acto, siendo las diez horas y treinta minutos del dia ocho de julio de dos mil tres.

Y para constancia de lo actuado se extiende la presente minuta de acta la cual una vez aprobada por este Organismo, será trasladada al libro capitular correspondiente para su firma por los Sres. Presidente y Secretario General, de lo que certifico.

San Fernando a 15 de julio de 2.003.-

EL ALCALDE-PRESIDENTE, EL SECRETARIO GENERAL,